Guía para diseñador gráficos autónomos

Cómo facturar como diseñador gráfico autónomo en 2026

En resumen: como diseñador gráfico autónomo en España puedes tomar como referencia el IAE 751 (publicidad/RRPP) orientativo; confirmar según actividad, un tratamiento de IVA como 21% y esta referencia de IRPF: 15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador. Puedes crear un PDF de factura gratis y sin registro; para cumplir el Reglamento SIF/VERI*FACTU cuando estés obligado, usa un sistema de facturación adaptado.

Estas referencias son orientativas y están pensadas para detectar el caso más frecuente. Confirma siempre el alta censal, el tipo de IVA y la retención aplicable según tu operación concreta, territorio, cliente y régimen fiscal.

Proyectos con entregas por fases, retenciones de IRPF, clientes extranjeros con reglas de IVA distintas y plazos de cobro largos.

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Epígrafe IAE

751 (publicidad/RRPP) orientativo; confirmar según actividad

IVA orientativo

21%

IRPF orientativo

15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador

Dato del sector

En diseño gráfico conviene facturar por hitos o entregables y separar honorarios, licencias, imprenta o stock cuando actúas como intermediario.

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Fuentes y criterio fiscal

Las referencias de IVA, IRPF, factura simplificada e IAE se han redactado con criterio conservador a partir de fuentes oficiales como la Agencia Tributaria y el BOE. Úsalas como punto de partida: el tratamiento final depende de la operación, del cliente, del régimen fiscal, del territorio y de cómo hayas declarado tu actividad en el modelo 036/037.

Qué factura un diseñador gráfico autónomo

Estos son conceptos frecuentes que aparecen en las facturas del sector. Cada línea de la factura debería reflejar claramente el servicio o producto vendido, la base, el tratamiento de IVA aplicable y — si procede — la retención de IRPF.

  • Identidad visual y branding
  • Diseño web y UI/UX
  • Packaging y diseño editorial
  • Ilustración y motion graphics
  • Retainers mensuales

Plantilla de factura para diseñador gráficos

Una factura profesional para diseñador gráfico autónomo debería incluir los datos exigidos por el Reglamento de Facturación y la normativa fiscal aplicable a la operación. Este es un ejemplo de concepto frecuente:

Concepto de ejemplo

Diseño de identidad visual (logo + manual de marca)

Tarifa frecuente: Por hora, fase o proyecto cerrado

Datos que normalmente debes revisar:

  • • Número y serie de factura
  • • Fecha de expedición
  • • Datos del emisor (nombre, NIF, dirección)
  • • Datos del destinatario (si es factura completa)
  • • Descripción del concepto
  • • Base imponible, tipo/cuota de IVA o mención de exención/no sujeción/inversión cuando proceda
  • • Retención IRPF si procede (según caso)
  • • Total a pagar

VERI*FACTU para diseñador gráficos autónomos

Desde el 1 de julio de 2027 los autónomos personas físicas dentro del ámbito del RD 1007/2023 que usen sistemas informáticos de facturación deberán tenerlos adaptados. Factuo está orientada a trabajar con el flujo VERI*FACTU mediante proveedor técnico: registros de facturación, QR fiscal cuando corresponda y tramitación de la remisión a la AEAT en esa modalidad cuando el flujo se complete correctamente.

Preguntas frecuentes sobre facturar como diseñador gráfico

¿Qué IVA aplico en mis facturas como diseñador gráfico?
Como referencia para diseñador gráfico autónomo, el tratamiento de IVA suele ser: 21%. Debes confirmarlo por operación, cliente, territorio y posible exención. Solo puede emitirse factura simplificada en los supuestos previstos por el Reglamento de Facturación: hasta 400 € IVA incluido, facturas rectificativas o determinadas operaciones hasta 3.000 €. Si facturas a una empresa o a otro autónomo, normalmente necesitarás factura completa con los datos fiscales del destinatario.
¿Tengo que retener IRPF en mis facturas como diseñador gráfico?
Depende de la actividad, del pagador y del régimen. Como referencia para diseñador gráfico, puede aplicar: 15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador. En actividades profesionales puede aplicarse el 7% durante el año de inicio y los dos ejercicios siguientes si cumples los requisitos y lo comunicas al pagador. Las actividades empresariales en estimación directa normalmente no llevan retención salvo supuestos específicos.
¿Qué epígrafe del IAE suele usarse como diseñador gráfico?
Una referencia frecuente para diseñador gráfico es 751 (publicidad/RRPP) orientativo; confirmar según actividad. El epígrafe final se declara al darte de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y debe elegirse según la actividad real, servicios prestados, forma de operar y posibles actividades accesorias.
¿Necesito VERI*FACTU como diseñador gráfico autónomo?
Si estás dentro del ámbito del RD 1007/2023 y usas un sistema informático de facturación, desde el 1 de julio de 2027 deberá estar adaptado. VERI*FACTU es una modalidad de cumplimiento con remisión a la AEAT; la modalidad no VERI*FACTU también existe si cumple los requisitos reglamentarios.
¿Puedo usar la plantilla de factura de Factuo gratis?
Sí. El generador de facturas en PDF de Factuo es gratuito y sin registro. Introduces tus datos, los del cliente, los conceptos, el IVA y el IRPF, y descargas un PDF profesional.
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