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IRPF para autónomos: retenciones, pagos a cuenta y Modelo 130

El IRPF es el impuesto que más confunde a los autónomos. Te explicamos las retenciones, el Modelo 130 y cuánto debes pagar. Sin jerga, sin rodeos, con ejemplos reales.

Si eres autónomo en España, el IRPF es uno de los impuestos que más afecta a tu bolsillo. A diferencia del IVA, que al final repercutes a tus clientes, el IRPF grava directamente tus beneficios. Y lo que más confusión genera es que hay dos formas de adelantarlo: las retenciones en facturas y los pagos fraccionados con el Modelo 130. ¿Cuál te toca? ¿Se pueden combinar? ¿Cuánto es? Vamos a verlo paso a paso.

¿Qué es el IRPF para un autónomo?

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto que grava los ingresos de todas las personas que viven en España. Los asalariados lo ven reflejado en su nómina cada mes: la empresa retiene un porcentaje y lo ingresa a Hacienda. Pero como autónomo, no tienes nómina. Tú eres responsable de adelantar el impuesto durante el año.

Ese adelanto se hace de dos formas, dependiendo de tu situación:

  • Retenciones en facturas — cuando facturas a empresas u otros profesionales, tu cliente retiene un porcentaje de la factura y lo ingresa a Hacienda en tu nombre.
  • Pagos fraccionados (Modelo 130) — cada trimestre, tú mismo calculas el 20% de tu beneficio neto y lo ingresas directamente a Hacienda.

Al final del año fiscal, al hacer la declaración de la renta, Hacienda cruza las cuentas. Si has adelantado de más, te devuelve. Si has adelantado de menos, te toca pagar la diferencia. El objetivo del sistema es que no llegues a junio con una factura enorme: vas pagando poco a poco durante el año.

Retenciones en facturas: ¿cuándo y cuánto?

La retención es el porcentaje que tu cliente te "guarda" de cada factura y paga a Hacienda por ti. Es como un adelanto obligatorio de tu IRPF. Funciona así:

  • Retención general: 15% — es el porcentaje estándar que aplican la mayoría de autónomos profesionales.
  • Retención reducida: 7% — para nuevos autónomos durante los tres primeros años de actividad.

Pero atención: la retención solo se aplica cuando facturas a empresas o a otros autónomos profesionales. Si tu cliente es un particular (una persona física que no actúa como empresa), tu factura no lleva retención. Es tu cliente profesional quien tiene la obligación de retener e ingresar ese importe a Hacienda.

Veamos un ejemplo sencillo con una factura de 1.000 €:

ConceptoImporte
Base imponible1.000,00 €
IVA (21%)+ 210,00 €
Retención IRPF (15%)- 150,00 €
Total a cobrar1.060,00 €

Cobras 1.060 €, pero los 150 € de retención ya están camino de Hacienda. Ese dinero se tiene en cuenta cuando hagas la declaración anual.

La retención del 7% para nuevos autónomos

Si te acabas de dar de alta como autónomo, puedes aplicar una retención reducida del 7% en lugar del 15% habitual. Esto te deja más liquidez en los primeros años, cuando los ingresos suelen ser más bajos y los gastos de arranque más altos.

Los requisitos son claros:

  • No haber ejercido actividad profesional en el año anterior al alta.
  • Se aplica durante el año de alta y los dos años naturales siguientes (es decir, tres ejercicios fiscales como máximo).
  • Solo aplica a actividades profesionales (las incluidas en las secciones 2.ª y 3.ª del IAE). Si vendes productos, no aplica.

Para acogerte al 7%, debes comunicárselo a tus clientes. Lo habitual es incluir una nota en la factura indicando que estás en periodo de inicio de actividad conforme al artículo 101.5 de la Ley del IRPF. Con Factuo, basta con configurar tu perfil como nuevo autónomo y la app ajusta el porcentaje automáticamente.

Escritorio con documentos fiscales y calculadora para gestión del IRPF

Las retenciones de IRPF son adelantos que tus clientes ingresan a Hacienda por ti. Al final del año, se ajustan en la declaración de la renta.

Modelo 130: pago fraccionado de IRPF

El Modelo 130 es la otra vía para adelantar el IRPF. En lugar de que tus clientes te retengan, eres tú quien calcula cada trimestre cuánto debe ingresar a Hacienda. Se presenta los mismos plazos que el Modelo 303 de IVA:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente

El cálculo es relativamente sencillo. En estimación directa simplificada (la modalidad más común para autónomos), el Modelo 130 funciona así:

  1. Sumas todos los ingresos del año hasta la fecha del trimestre.
  2. Restas todos los gastos deducibles acumulados.
  3. Aplicas el 20% sobre el beneficio neto resultante.
  4. Restas las retenciones que ya te han practicado tus clientes.
  5. Restas los pagos fraccionados de los trimestres anteriores del mismo año.
  6. El resultado es lo que ingresas (o cero si sale negativo).

Es un cálculo acumulativo: cada trimestre recalculas desde enero y restas lo que ya has pagado. Esto evita que pagues de más o de menos a lo largo del año.

Con Factuo, cada factura calcula automáticamente la retención de IRPF

Configura tu porcentaje (15% o 7%) y olvídate de los cálculos manuales. Factuo lo aplica en cada factura.

¿Modelo 130 o retenciones? ¿Cuál me toca?

Esta es la pregunta del millón, y la respuesta tiene una regla bastante clara:

Si más del 70% de tus ingresos del año anterior ya llevaron retención, no estás obligado a presentar el Modelo 130.

Piensa en ello así: si casi todos tus clientes son empresas y ya te retienen el 15% en cada factura, Hacienda ya recibe adelantos regulares de tu IRPF. No necesitas hacer pagos fraccionados adicionales.

En cambio, si ocurre alguna de estas situaciones, sí debes presentar el 130:

  • Facturas a particulares (que no retienen) y esos ingresos superan el 30% del total.
  • Tienes una tienda online o un comercio donde la mayoría de tus clientes son consumidores finales.
  • Eres nuevo y aún no tienes histórico del año anterior, por lo que Hacienda puede requerirte la presentación del 130 por precaución.

En la práctica, muchos profesionales (diseñadores, programadores, consultores, abogados) que facturan exclusivamente a empresas no necesitan presentar el 130. Pero si tienes clientes mixtos, revisa tus números con cuidado o consulta con tu asesor.

Gastos deducibles para reducir el IRPF

Cuantos más gastos legítimos deduzcas, menos beneficio neto declaras y menos IRPF pagas. Es así de directo. Pero ojo: solo puedes deducir gastos que estén directamente relacionados con tu actividad profesional y que puedas justificar con factura.

Estos son los gastos deducibles más habituales para autónomos:

  • Cuota de autónomos — el gasto mensual a la Seguridad Social. Deducible al 100%.
  • Alquiler del local u oficina — si trabajas en un espacio alquilado para tu actividad, se deduce íntegramente.
  • Suministros (si trabajas desde casa) — puedes deducir el 30% de la parte proporcional de agua, luz, gas e internet que corresponda a los metros dedicados a tu actividad.
  • Vehículo — si lo usas para tu actividad, puedes deducir hasta el 50% de los gastos asociados (combustible, seguro, mantenimiento). En la práctica, Hacienda es exigente con esta deducción.
  • Material y equipo — ordenador, teléfono, material de oficina, herramientas de trabajo.
  • Software profesional — programas de facturación (como Factuo), herramientas de diseño, contabilidad, gestión de proyectos. Deducible al 100%.
  • Formación — cursos, libros y eventos relacionados con tu actividad profesional.
  • Seguros — seguro de responsabilidad civil, seguro del local, seguro de salud (con límites).

Un error frecuente es no deducir gastos por miedo a una inspección. Si el gasto es real, está vinculado a tu actividad y tienes factura, tienes derecho a deducirlo. No hacerlo es regalar dinero a Hacienda.

Paisaje abierto que simboliza la claridad fiscal para autónomos

Deducir correctamente los gastos de tu actividad es la forma más directa de reducir lo que pagas de IRPF.

Errores comunes con el IRPF

Después de hablar con cientos de autónomos, estos son los cuatro errores que se repiten una y otra vez:

1. No aplicar retención cuando debes

Si eres profesional y facturas a una empresa u otro profesional, tu factura debe llevar retención de IRPF. Omitirla no significa que te ahorres el impuesto: simplemente significa que no lo estás adelantando y te llegará todo de golpe en la declaración anual. Además, tu cliente puede rechazar la factura porque él tiene la obligación legal de practicar la retención.

2. Retener a particulares

El error contrario: aplicar retención en facturas a clientes particulares. Un particular no tiene obligación de retener ni de ingresar nada a Hacienda por ti. Si le pones retención en la factura, le estás pidiendo algo que no le corresponde y generando confusión. Las facturas a particulares van sin retención.

3. Olvidar el Modelo 130

Si estás obligado a presentar el 130 y no lo haces, Hacienda te puede sancionar. Muchos autónomos nuevos no saben que deben presentarlo, especialmente si facturan a particulares. La sanción por presentación fuera de plazo va de 100 a 400 € por declaración, dependiendo del retraso. Cuatro trimestres olvidados pueden suponer un buen susto.

4. No deducir gastos legítimos

Por miedo, por desconocimiento o por pereza, muchos autónomos no deducen gastos que tienen todo el derecho a deducir. La cuota de autónomos, el software que usas para trabajar, la formación, el material... si no lo deduces, estás pagando más IRPF del que te corresponde. Guarda tus facturas, clasifica tus gastos y deduce todo lo que sea legítimo.

Preguntas frecuentes

¿Todos los autónomos pagan IRPF?

Sí. El IRPF es un impuesto obligatorio para todas las personas físicas con ingresos en España, incluidos los autónomos. La diferencia con un asalariado es que el autónomo debe gestionar sus pagos fraccionados (Modelo 130) o retenciones en facturas, en lugar de que se lo retenga la empresa.

¿Cuánto IRPF paga un autónomo?

Depende de tus ingresos netos anuales. El IRPF es progresivo: va del 19% para los primeros 12.450 € hasta el 47% a partir de 300.000 €. Durante el año, adelantas el 20% de tu beneficio neto trimestral (Modelo 130) o aplicas retenciones del 15% en facturas. En la declaración anual se ajusta todo.

¿Puedo deducir Factuo como gasto?

Sí. Las suscripciones a software de facturación y gestión son un gasto deducible de tu actividad profesional. La cuota mensual de Factuo (8,99 €/mes) reduce tu base imponible de IRPF, igual que cualquier otro software necesario para tu trabajo.

¿Qué pasa si no retengo IRPF cuando debo?

Si emites una factura a una empresa o profesional sin retención cuando debías aplicarla, puedes recibir una sanción de Hacienda. Además, tu cliente podría rechazar la factura porque él está obligado a ingresarla. Lo mejor es corregirlo emitiendo una factura rectificativa.

¿Factuo aplica la retención automáticamente?

Sí. Cuando creas una factura en Factuo y activas la retención de IRPF, la app calcula automáticamente el importe al 15% (o al 7% si lo configuras como nuevo autónomo) y lo muestra desglosado en la factura. No necesitas hacer cálculos manuales.

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